---Cuartos traseros
02.07 Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados
Datos generales
Medidas y Requisitos
| CONCEPTO | IMPORTACIONES | EXPORTACIONES | TRÁNSITO |
|---|---|---|---|
| Documento zoosanitario para importación (DZI) | ✓ | — | — |
| Visto bueno | ✓ | — | — |
Acuerdos comerciales (TLC)
-
0%
Comunidad Andina
-
0%
Comunidad Andina
Impuestos y Tributos vigentes
| TRIBUTO | % TRIBUTOS | NORMA | FECHA INICIAL | FECHA FINAL |
|---|---|---|---|---|
| EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS | 0% | DECRETO NÚMERO 2148 DE 1991, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO; RESOLUCIÓN NÚMERO 3084 DE 1991, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES El personal diplomático o consular; directores y subdirectores titulares de sedes regionales de un organismo internacional; representante principal de organizaciones y organismos internacionales; expertos y funcionarios técnicos de organizaciones y organismos internacionales; personal especializado acreditado … | 1991-09-17 | Vigente |
| NOTA GENERAL SOBRE EL IVA | 0% | LEY NÚMERO 1819 DE 2016, CONGRESO DE LA REPÚBLICA ARTÍCULOS 192 Y 193; DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO NÚMERO 1625 DE 2016, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 1.3.1.17.1 Y SS. La tarifa del impuesto sobre las ventas aplicable a los contratos celebrados con entidades públicas o estatales, será la vigente en la fecha de la resolución o acto de adjudicación, o suscripción del respectivo contrato. … | 2017-01-01 | Vigente |
Requisitos Regulatorios
Declaración de importación anticipada
Declaración de importación anticipada para mercancías originarias y/o procedentes de Venezuela
Las declaraciones de importación de las mercancías originarias y/o procedentes de la República Bolivariana de Venezuela, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea considerado para efectos aduaneros como …
Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124; CIRCULAR NÚMERO 5 DE 2022, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …
Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124
Mercancías Clasificadas Aquí
Puertos y Aduanas Habilitados
- Barranquilla Entrada-Salida
- Santa Marta Entrada-Salida
- Cartagena Entrada-Salida
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