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Sección I — Animales vivos y productos del reino animal / Cap. 04 — Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte / 0410.10.00.00
0410.10.00.00 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

-Insectos

04.10 Insectos y demás productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
0410.10.00.00
DESCRIPCIÓN
-Insectos
SECCIÓN
Sección I — Animales vivos y productos del reino animal
CAPÍTULO
Capítulo 04 — Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
Libre Importación
UNIDAD FÍSICA
kg (Kilogramo)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

CONCEPTO IMPORTACIONES EXPORTACIONES TRÁNSITO
Documento zoosanitario para importación (DZI)
Visto bueno
Indica que el concepto tiene información registrada.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • Comunidad Andina

    0%
  • Comunidad Andina

    0%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
GRAVAMEN GENERAL 15% DECRETO NÚMERO 1881 DE 2021, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 4 2022-01-01 Vigente
IVA 19% (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 468 2017-01-01 Vigente

Requisitos Regulatorios

Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124

Descripciones mínimas

Descripción mínima, Capítulo 4

Producto: Ejemplo: leche, mantequilla, queso, huevos de ave, miel natural, etc. Procesos a que ha sido sometido: Ejemplo: pasteurizados, esterilizados, sin concentrar, concentrados, reconstituidos, deshidratados, etc. Tipo de empaque: Ejemplo: Cajas, bolsas, canecas, etc., indicando su contenido en peso o volumen. Marca: Si tiene.

Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 57 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 4

Mercancías Clasificadas Aquí

INSECTOS: — Comestibles, no expresados ni comprendidos en otra parte

Puertos y Aduanas Habilitados

  • Barranquilla Entrada-Salida
  • Santa Marta Entrada-Salida
  • Cartagena Entrada-Salida
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