DataTrade 360 - Global Trade Intelligence
Volver a la búsqueda
Sección II — Productos del reino vegetal / Cap. 10 — Cereales / 1005.90.40.00
1005.90.40.00 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

--Morado (Zea mays amilacea cv. morado)

10.05 Maíz

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
1005.90.40.00
DESCRIPCIÓN
--Morado (Zea mays amilacea cv. morado)
SECCIÓN
Sección II — Productos del reino vegetal
CAPÍTULO
Capítulo 10 — Cereales
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
Libre Importación
UNIDAD FÍSICA
kg (Kilogramo)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

CONCEPTO IMPORTACIONES EXPORTACIONES TRÁNSITO
Documento requisitos fitosanitarios para importación (DRFI)
Visto bueno
Indica que el concepto tiene información registrada.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • ALADI

    Los productos clasificados en esta subpartida están sujetos al Sistema Andino de Franjas de Precios.<BR><BR>NOTA: Como la subpartida está sujeta al Sistema Andino de Franjas de Precios recomendamos comparar el gravamen aplicable con el publicado para la presente subpartida por la DIAN ya que puede diferir por la forma de aplicación del Sistema Andino.<BR><BR>

    14%
  • ALADI

    Demás maíz, en espiga (choclo, en mazorca).<BR><BR>Los productos clasificados en esta subpartida están sujetos al Sistema Andino de Franjas de Precios.<BR><BR>NOTA: Como la subpartida está sujeta al Sistema Andino de Franjas de Precios recomendamos comparar el gravamen aplicable con el publicado para la presente subpartida por la DIAN ya que puede diferir por la forma de aplicación del Sistema Andino.<BR><BR>

    14%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS 0% SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … Vigente
NOTA GENERAL SOBRE EL IVA 0% (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 424 La importación de los alimentos de consumo humano y animal que se importen de los países colindantes a los departamentos de Vichada, Guajira, Guainía y Vaupés, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo local … 2017-01-01 Vigente

Requisitos Regulatorios

Declaración de importación anticipada

Declaración de importación anticipada para mercancías originarias y/o procedentes de Venezuela

Las declaraciones de importación de las mercancías originarias y/o procedentes de la República Bolivariana de Venezuela, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea considerado para efectos aduaneros como …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124; CIRCULAR NÚMERO 5 DE 2022, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124

Mercancías Clasificadas Aquí

MAÍZ: — Morado (Zea mays amilacea cv, morado), excepto para siembra ZEA MAYS AMILACEA CV, MORADO: — Maíz morado, en grano, excepto para la siembra

Puertos y Aduanas Habilitados

  • Aeropuerto Internacional El Dorado de Santafé de Bogotá Entrada-Salida
  • Aeropuerto Internacional José María Córdoba de Rionegro Entrada-Salida
  • Aeropuerto de Palo Negro de Bucaramanga Entrada-Salida
🔒 Contenido Exclusivo 360°

Desbloquea la Ficha Técnica Completa

Estás viendo una vista previa. Para consultar el desglose total de gravámenes, vistos buenos, reglamentos técnicos, resoluciones de clasificación y tarifas preferenciales TLC para la subpartida 1005.90.40.00, por favor inicia sesión o suscríbete a un plan.