---Salvia (Salvia divinorum)
12.11 Plantas, partes de plantas, semillas y frutos de las especies utilizadas principalmente en perfumería, medicina o para usos insecticidas, parasiticidas o similares, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso cortados, quebrantados o pulverizados
Datos generales
Medidas y Requisitos
| CONCEPTO | IMPORTACIONES | EXPORTACIONES | TRÁNSITO |
|---|---|---|---|
| Visto bueno | ✓ | — | — |
| Permiso Cites flora | ✓ | — | — |
| Licencia ambiental (LA) | ✓ | — | — |
Acuerdos comerciales (TLC)
-
0%
Comunidad Andina
-
0%
Comunidad Andina
Impuestos y Tributos vigentes
| TRIBUTO | % TRIBUTOS | NORMA | FECHA INICIAL | FECHA FINAL |
|---|---|---|---|---|
| EXENCIÓN DE GRAVAMEN ARANCELARIO | 0% | DECRETO NÚMERO 255 DE 1992, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 9º Se encuentran exentas del pago de gravámenes arancelarios las importaciones destinadas al culto católico que efectúen los ordinarios diocesanos, las comunidades religiosas y los párrocos; las destinadas a la salud o educación que de conformidad … | 1992-02-11 | Vigente |
| EXENCIÓN DE GRAVAMEN ARANCELARIO | 0% | DECRETO NÚMERO 255 DE 1992, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 7º Se encuentran exentas del pago de gravámenes arancelarios las importaciones de bienes donados por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras a la Nación, o a las entidades mencionadas en el artículo 2º del Decreto … | 1992-02-11 | Vigente |
Requisitos Regulatorios
Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …
Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124
Descripciones mínimas
Descripción mínima, Capítulo 12, Partidas 12.10 a 12.12
Producto: Ejemplo: habas, copra, hojas de coca, etc. Presentación: Ejemplo: sin cáscara, quebrantado, etc. Estado de conservación (12.10 a 12.12): Ejemplo: frescas, refrigeradas, congeladas, secas, etc. Uso: Ejemplo: para fabricación de alimentos, medicamentos, etc. Marca: Si tiene.
Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 57 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 12
Mercancías Clasificadas Aquí
Puertos y Aduanas Habilitados
- Barranquilla Entrada-Salida
- Barranquilla Entrada-Salida
- Santa Marta Entrada-Salida
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