---Lactosa
17.02 Los demás azúcares, incluidas la lactosa, maltosa, glucosa y fructosa (levulosa) químicamente puras, en estado sólido; jarabe de azúcar sin adición de aromatizante ni colorante; sucedáneos de la miel, incluso mezclados con miel natural; azúcar y melaza caramelizados
Datos generales
Medidas y Requisitos
| CONCEPTO | IMPORTACIONES | EXPORTACIONES | TRÁNSITO |
|---|---|---|---|
| Visto bueno | ✓ | — | — |
Acuerdos comerciales (TLC)
-
0%
TLC Corea
-
0%
TLC Israel
Impuestos y Tributos vigentes
| TRIBUTO | % TRIBUTOS | NORMA | FECHA INICIAL | FECHA FINAL |
|---|---|---|---|---|
| EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS | 0% | SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … | — | Vigente |
| IVA | 0% | (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 424; DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO NÚMERO 1625 DE 2016, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULOS 1.3.1.12.3 Y SS.; CIRCULAR NÚMERO 19 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO Las materias primas químicas destinadas a la síntesis o elaboración de medicamentos de uso humano o veterinario correspondientes a las partidas 29.36, 29.41, 30.01, 30.03, 30.04 y 30.06. NOTA: Mediante la Sentencia 2020-00030 de la … | 2017-01-01 | Vigente |
Requisitos Regulatorios
Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …
Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124
Descripciones mínimas
Descripción mínima, Capítulo 17, Partida 17.02
Producto: Ejemplo: azúcar de caña, jarabe de lactosa, confites, etc. Composición: Ejemplo: 30% de glucosa, 15% de fructuosa, etc. Calidad: Químicamente pura, comercial, etc. Contenido de fructosa (partida 17.02): Si aplica. Señalar el porcentaje. Uso: Ejemplo: productos farmacéuticos, productos alimenticios, etc. Marca: Si tiene.
Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 57 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 17
Mercancías Clasificadas Aquí
Puertos y Aduanas Habilitados
- Aeropuerto Internacional El Dorado de Santafé de Bogotá Entrada-Salida
- Aeropuerto Internacional José María Córdoba de Rionegro Entrada-Salida
- Aeropuerto de Palo Negro de Bucaramanga Entrada-Salida
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