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Sección IV — Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco, elaborados / Cap. 19 — Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería / 1901.90.90.00
1901.90.90.00 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

--Los demás

19.01 Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas 04.01 a 04.04 que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 5% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
1901.90.90.00
DESCRIPCIÓN
--Los demás
SECCIÓN
Sección IV — Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco, elaborados
CAPÍTULO
Capítulo 19 — Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
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UNIDAD FÍSICA
kg (Kilogramo)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

CONCEPTO IMPORTACIONES EXPORTACIONES TRÁNSITO
Documento zoosanitario para importación (DZI)
Registro sanitario y visto bueno
Indica que el concepto tiene información registrada.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • TLC Israel

    0%
  • Comunidad Andina

    0%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS 0% SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … Vigente
IVA 0% (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 424; DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO NÚMERO 1625 DE 2016, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 1.3.1.12.2 La importación de productos alimenticios elaborados de manera artesanal a base de leche clasificable en esta subpartida. 2017-01-01 Vigente

Notas legales y resoluciones oficiales

Resolución de Clasificación

Mezcla lista para preparar natilla. — Como las demás preparaciones alimenticias de base de almidón.

Requisitos Regulatorios

Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124

Descripciones mínimas

Descripción mínima, Capítulo 19

Producto: Ejemplo: preparación a base de fécula de malta, pastas alimenticias, galletas, etc. Forma de preparación: Ejemplo: cocido, precocidas, horneadas, etc. Composición: Ejemplo: 50% de harina, 5% porcentaje de cacao, etc. Aspecto físico: Ejemplo: polvo, líquido, etc. Tipo de empaque: Ejemplo: latas, bolsas, sacos, etc., indicando su contenido en peso o volumen. Marca: Si tiene.

Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 57 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 19

Mercancías Clasificadas Aquí

CREMAS: — Chantilly MALTA: — Preparaciones alimenticias basadas en extracto de malta RACAUT: — Preparación alimenticia PREPARACIONES (Ver también: COMPOSICIONES, MEZCLAS, PRODUCTOS): — Para alimentación humana a base de: — Excepto para la alimentación infantil PREPARACIONES (Ver también: COMPOSICIONES, MEZCLAS, PRODUCTOS): — Para alimentación humana a base de: — Polvo de huevo, leche en polvo, extracto de malta y polvo de cacao en proporción inferior al 40% en peso, calculado sobre base totalmente desengrasada PREPARACIONES (Ver también: COMPOSICIONES, MEZCLAS, PRODUCTOS): — Para alimentación humana a base de: — ─Productos de las partidas 04.01 a 04.04 (leche y productos lácteos), sin polvo de cacao o con él en una proporción inferior al 5% en peso, calculado sobre base totalmente desengrasada, excepto para la alimentación infantil

Puertos y Aduanas Habilitados

  • Aeropuerto Internacional El Dorado de Santafé de Bogotá Entrada-Salida
  • Aeropuerto Internacional José María Córdoba de Rionegro Entrada-Salida
  • Aeropuerto de Palo Negro de Bucaramanga Entrada-Salida
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