---Que contengan como ingrediente principal uno o más extractos vegetales, partes de plantas, semillas o frutos, incluidas las mezclas entre sí
21.06 Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte
Datos generales
Medidas y Requisitos
| CONCEPTO | IMPORTACIONES | EXPORTACIONES | TRÁNSITO |
|---|---|---|---|
| Registro sanitario y visto bueno | ✓ | — | — |
| Documento requisitos fitosanitarios para importación (DRFI) o Concepto de insumos (CI) o Registro o licencia de venta (LV) | ✓ | — | — |
Acuerdos comerciales (TLC)
-
0%
TLC Unión Europea (Incluye Andorra y San Marino)
Aplica para productos con contenido de azúcar < 70%.
-
0%
TLC Unión Europea (Incluye Andorra y San Marino)
Aplica para productos con contenido de azúcar < 70%.
Impuestos y Tributos vigentes
| TRIBUTO | % TRIBUTOS | NORMA | FECHA INICIAL | FECHA FINAL |
|---|---|---|---|---|
| EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS | 0% | SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … | — | Vigente |
| IVA | 19% | (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 468 | 2017-01-01 | Vigente |
Notas legales y resoluciones oficiales
Resolución de Clasificación
“Simpause isoflavonas de soya 100 mg”. — Simpause cápsulas blandas de gelatina que contienen cada una isoflavonas de soya 40 % (equivalente a 100 mg de isoflavonas totales), y excipientes (núcleo), aceite de girasol (191,750 mg), cera de abejas (7,500 mg), lecitina (10,750 mg), indicado en casos de reemplazo hormonal, durante la menopausia, como coadyuvante en procesos osteoporóticos, hipertrofia benigna de próstata, y para combatir síntomas climatéricos.
Requisitos Regulatorios
Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …
Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124
Descripciones mínimas
Descripción mínima, Capítulo 21
Producto: Ejemplo: Extracto de levadura, salsa mayonesa, helados, etc. Composición: Ejemplo: Harina, cacao, conservantes, etc. Tipo de empaque: Ejemplo: Latas, bolsas, tetrapack, etc., indicando su contenido en peso o volumen. Marca: Si tiene
Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 57 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 21
Mercancías Clasificadas Aquí
Puertos y Aduanas Habilitados
- Aeropuerto Internacional El Dorado de Santafé de Bogotá Entrada-Salida
- Aeropuerto Internacional José María Córdoba de Rionegro Entrada-Salida
- Aeropuerto de Palo Negro de Bucaramanga Entrada-Salida
Desbloquea la Ficha Técnica Completa
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