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Sección IV — Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco, elaborados / Cap. 24 — Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados / 2402.10.00.00
2402.10.00.00 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

-Cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos), que contengan tabaco

24.02 Cigarros (puros) (incluso despuntados), cigarritos (puritos) y cigarrillos, de tabaco o de sucedáneos del tabaco

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
2402.10.00.00
DESCRIPCIÓN
-Cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos), que contengan tabaco
SECCIÓN
Sección IV — Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco, elaborados
CAPÍTULO
Capítulo 24 — Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
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UNIDAD FÍSICA
u (Unidades o artículos)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

Sin medidas ni vistos buenos registrados para esta subpartida.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • Comunidad Andina

    0%
  • Comunidad Andina

    0%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS 0% SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … Vigente
NOTA GENERAL SOBRE EL IVA 0% (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 424 Los productos que se compren o introduzcan al departamento del Amazonas en el marco de los convenios Colombo-Peruano y el convenio con la República Federativa del Brasil. 2017-01-01 Vigente

Requisitos Regulatorios

Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124

Descripciones mínimas

Descripción mínima, Capítulo 24

Producto: Ejemplo: hojas de tabaco, cigarrillo, picadura, etc. Clase de tabaco: Tabaco rubio o tabaco negro. Tipo de empaque: Ejemplo: cajetillas, paquete, caja, etc., indicando el número de unidades por empaque. Marca: Si tiene

Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 57 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 24

Mercancías Clasificadas Aquí

PURITOS: — Que contengan tabaco PUROS: — Que contengan tabaco CIGARRITOS: — Puritos, que contengan tabaco CIGARROS: — Incluso despuntados, que contengan tabaco

Puertos y Aduanas Habilitados

  • Cartagena Salida
  • Barranquilla Salida
  • Santa Marta Salida
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