-Los demás
24.02 Cigarros (puros) (incluso despuntados), cigarritos (puritos) y cigarrillos, de tabaco o de sucedáneos del tabaco
Datos generales
Medidas y Requisitos
Sin medidas ni vistos buenos registrados para esta subpartida.
Acuerdos comerciales (TLC)
-
0%
Mercosur ACE 72
-
0%
Mercosur ACE 72
Impuestos y Tributos vigentes
| TRIBUTO | % TRIBUTOS | NORMA | FECHA INICIAL | FECHA FINAL |
|---|---|---|---|---|
| EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS | 0% | SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … | — | Vigente |
| NOTA GENERAL SOBRE EL IVA | 0% | (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 424 Los productos que se compren o introduzcan al departamento del Amazonas en el marco de los convenios Colombo-Peruano y el convenio con la República Federativa del Brasil. | 2017-01-01 | Vigente |
Requisitos Regulatorios
Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …
Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124
Descripciones mínimas
Descripción mínima, Capítulo 24
Producto: Ejemplo: hojas de tabaco, cigarrillo, picadura, etc. Clase de tabaco: Tabaco rubio o tabaco negro. Tipo de empaque: Ejemplo: cajetillas, paquete, caja, etc., indicando el número de unidades por empaque. Marca: Si tiene
Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 57 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 24
Mercancías Clasificadas Aquí
Puertos y Aduanas Habilitados
- Cartagena Salida
- Barranquilla Salida
- Santa Marta Salida
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