-Cementos sin pulverizar o clínker
25.23 Cementos hidráulicos (comprendidos los cementos sin pulverizar o clinker), incluso coloreados
Datos generales
Medidas y Requisitos
| CONCEPTO | IMPORTACIONES | EXPORTACIONES | TRÁNSITO |
|---|---|---|---|
| Certificado de registro | ✓ | — | — |
Acuerdos comerciales (TLC)
-
0%
Mercosur ACE 72
-
0%
Mercosur ACE 72
Impuestos y Tributos vigentes
| TRIBUTO | % TRIBUTOS | NORMA | FECHA INICIAL | FECHA FINAL |
|---|---|---|---|---|
| EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS | 0% | SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … | — | Vigente |
| IVA | 0% | (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 424; DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO NÚMERO 1625 DE 2016, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULOS 1.3.1.12.4 Y SS.; CIRCULAR NÚMERO 19 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO Las materias primas químicas empleadas en la síntesis o elaboración de plaguicidas e insecticidas, que correspondan a la partida 38.08 y de los fertilizantes de las partidas 31.01 a 31.05. | 2017-01-01 | Vigente |
Requisitos Regulatorios
Declaración de importación anticipada
Declaración de importación anticipada de cemento importado por los departamentos de Amazonas y Guainía
La importación de cemento estará sujeta a declaración de importación anticipada obligatoria, la cual deberá presentarse con una antelación no superior a quince (15) días calendario y no inferior a cinco (5) días calendario a la llegada de este. La importación de mercancías sujetas a la obligación de la declaración de importación de manera anticipada, para el caso del modo terrestre, deberá presentarse con una antelación no inferior a un (1) día calendario a la llegada de la mercancía. Para …
Norma: LEY NÚMERO 2010 DE 2019, CONGRESO DE COLOMBIA ARTÍCULO 158; RESOLUCIÓN NÚMERO 44 DE 2020, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 2º
Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …
Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124
Mercancías Clasificadas Aquí
Puertos y Aduanas Habilitados
- Aduana de Cúcuta Entrada
- Leticia Entrada
- Leticia Entrada
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