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Sección VI — Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas / Cap. 38 — Productos diversos de las industrias químicas / 3808.59.90.20
3808.59.90.20 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

----Los demás insecticidas

38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
3808.59.90.20
DESCRIPCIÓN
----Los demás insecticidas
SECCIÓN
Sección VI — Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas
CAPÍTULO
Capítulo 38 — Productos diversos de las industrias químicas
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
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UNIDAD FÍSICA
kg (Kilogramo)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

CONCEPTO IMPORTACIONES EXPORTACIONES TRÁNSITO
Concepto técnico
Registro sanitario y visto bueno
Indica que el concepto tiene información registrada.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • Comunidad Andina

    0%
  • Comunidad Andina

    0%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
GRAVAMEN GENERAL 0% DECRETO NÚMERO 1183 DE 2025, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO 2025-11-09 2026-11-09
GRAVAMEN GENERAL 5% DECRETO NÚMERO 1881 DE 2021, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 38 2026-11-10 Vigente

Requisitos Regulatorios

Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124

Descripciones mínimas

Descripción mínima, Capítulo 38

Producto: Ejemplo: carbón activado, grafito artificial, desinfectante, insecticida, etc. Composición: Ejemplo: bromoclorometano, solvente, aditivos, etc. Aspecto físico: Ejemplo: polvo, líquido, gel, etc. Tipo de empaque: Ejemplo: envases metálicos, bolsas, cajas, etc., indicando su contenido en peso o volumen. Uso: Ejemplo: Como anticorrosivo, para la industria textil, agrícola, doméstico, en laboratorios, etc. Marca: Si tiene. Referencia: Si tiene.

Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 57 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 38

Mercancías Clasificadas Aquí

DDT (ISO) (clofenotano (DCI)): — Presentados en artículos tales como cintas, mechas y velas, que contengan uno o más de las sustancias siguientes: — Ácido perfluorooctanosulfónico y sus sales DDT (ISO) (clofenotano (DCI)): — Presentados en artículos tales como cintas, mechas y velas, que contengan uno o más de las sustancias siguientes: — 1,1,1-Tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano) DDT (ISO) (clofenotano (DCI)): — Presentados en artículos tales como cintas, mechas y velas, que contengan uno o más de las sustancias siguientes: — 1,2,3,4,5,6-Hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI) DDT (ISO) (clofenotano (DCI)): — Presentados en artículos tales como cintas, mechas y velas, que contengan uno o más de las sustancias siguientes: — 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres DDT (ISO) (clofenotano (DCI)): — Presentados en artículos tales como cintas, mechas y velas, que contengan uno o más de las sustancias siguientes: — 4,6-Dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales DDT (ISO) (clofenotano (DCI)): — Presentados en artículos tales como cintas, mechas y velas, que contengan uno o más de las sustancias siguientes: — Alaclor (ISO)

Puertos y Aduanas Habilitados

  • Aduana de Cúcuta Entrada
  • Barranquilla, Zona Franca Entrada
  • Buenaventura, Zona Franca Entrada
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