DataTrade 360 - Global Trade Intelligence
Volver a la búsqueda
Sección VI — Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas / Cap. 38 — Productos diversos de las industrias químicas / 3827.90.00.00
3827.90.00.00 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

-Las demás

38.27 Mezclas que contengan derivados halogenados de metano, etano o propano, no expresadas ni comprendidas en otra parte

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
3827.90.00.00
DESCRIPCIÓN
-Las demás
SECCIÓN
Sección VI — Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas
CAPÍTULO
Capítulo 38 — Productos diversos de las industrias químicas
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
Ver más
UNIDAD FÍSICA
kg (Kilogramo)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

CONCEPTO IMPORTACIONES EXPORTACIONES TRÁNSITO
Concepto técnico
Visto bueno
Visto Bueno (VB)
Indica que el concepto tiene información registrada.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • Comunidad Andina

    0%
  • Comunidad Andina

    0%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
IMPUESTO NACIONAL SOBRE PRODUCTOS PLÁSTICOS DE UN SOLO USO UTILIZADOS PARA ENVASAR, EMBALAR O EMPACAR BIENES 0% LEY NÚMERO 2277 DE 2022, CONGRESO DE LA REPÚBLICA; LEY NÚMERO 2232 DE 2022, CONGRESO DE COLOMBIA ARTÍCULO 5º; (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 643; DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO NÚMERO 1625 DE 2016, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULOS 1.5.6.4.1 Y SS.; RESOLUCIÓN ÚNICA NÚMERO 227 DE 2025, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1.2.1; RESOLUCIÓN NÚMERO 5 DE 2026, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES El hecho generador del impuesto es la venta, el retiro para consumo propio o la importación, de los productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. El impuesto se causará … 2025-07-25 Vigente
GRAVAMEN GENERAL 0% DECRETO NÚMERO 1343 DE 2017, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO; DECRETO NÚMERO 1881 DE 2021, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO ARTÍCULO 2º; DECRETO NÚMERO 272 DE 2018, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO 2018-02-13 Vigente

Requisitos Regulatorios

Contingentes y cupos de importación

Cupos anuales del país para la importación de las sustancias HCFC

Atendiendo el cronograma de reducción y eliminación del consumo de HCFC establecido por el Protocolo de Montreal, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, establecieron los cupos anuales para la importación de cada una de las sustancias HCFC del grupo I del anexo C del Protocolo de Montreal hasta el año 2040.

Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 2749 DE 2017, MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE — MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO ARTÍCULOS 6º Y SS.

Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124

Mercancías Clasificadas Aquí

MEZCLAS: — Que contengan derivados halogenados de metano, etano o propano, no expresadas ni comprendidas en otra parte: — Que contengan derivados halogenados de metano, etano o propano, no comprendidos en otra parte, distintos de los mencionados en las subpartidas anteriores

Puertos y Aduanas Habilitados

  • Aduana de Cúcuta Entrada
  • Barranquilla, Zona Franca Entrada
  • Buenaventura, Zona Franca Entrada
🔒 Contenido Exclusivo 360°

Desbloquea la Ficha Técnica Completa

Estás viendo una vista previa. Para consultar el desglose total de gravámenes, vistos buenos, reglamentos técnicos, resoluciones de clasificación y tarifas preferenciales TLC para la subpartida 3827.90.00.00, por favor inicia sesión o suscríbete a un plan.