--De poli(metacrilato de metilo)
39.20 Las demás placas, láminas, hojas y tiras, de plástico no celular y sin refuerzo, estratificación ni soporte o combinación similar con otras materias
Datos generales
Medidas y Requisitos
Sin medidas ni vistos buenos registrados para esta subpartida.
Acuerdos comerciales (TLC)
-
0%
Mercosur ACE 72
-
0%
Mercosur ACE 72
Impuestos y Tributos vigentes
| TRIBUTO | % TRIBUTOS | NORMA | FECHA INICIAL | FECHA FINAL |
|---|---|---|---|---|
| EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS | 0% | SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … | — | Vigente |
| IVA | 19% | (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 468 | 2017-01-01 | Vigente |
Requisitos Regulatorios
Antidumping
Derechos antidumping definitivos a las importaciones de láminas de acrílico
Derechos antidumping definitivos a las importaciones de láminas de acrílico, originarias de la República Popular China, en la forma de un porcentaje ad valorem del 52,51%, adicional al arancel vigente y se deberán liquidar sobre el valor FOB declarado por el importador. Las importaciones de láminas de acrílico, sujetas a los derechos antidumping, están sometidas al cumplimiento de reglas de origen no preferenciales, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 637 de 2018, para lo cual deberán presentar una …
Norma: DECRETO NÚMERO 637 DE 2018, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO; RESOLUCIÓN NÚMERO 281 DE 2021, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULOS 331 Y SS.; RESOLUCIÓN NÚMERO 148 DE 2026, MINISTERIO DE COMERCIO, I
Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure
Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …
Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124
Mercancías Clasificadas Aquí
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