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Sección XI — Materias textiles y sus manufacturas / Cap. 62 — Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto / 6205.30.00.00
6205.30.00.00 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

-De fibras sintéticas o artificiales

62.05 Camisas para hombres o niños

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
6205.30.00.00
DESCRIPCIÓN
-De fibras sintéticas o artificiales
SECCIÓN
Sección XI — Materias textiles y sus manufacturas
CAPÍTULO
Capítulo 62 — Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
Libre Importación
UNIDAD FÍSICA
u (Unidades o artículos)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

CONCEPTO IMPORTACIONES EXPORTACIONES TRÁNSITO
Oficio de autorización
Indica que el concepto tiene información registrada.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • Mercosur ACE 72

    0%
  • Mercosur ACE 72

    0%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS 0% SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … Vigente
IVA 19% (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 468 2017-01-01 Vigente

Requisitos Regulatorios

Contingentes y cupos de importación

Cupos para el ingreso de mercancías con restricciones y prohibiciones

Norma: RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 128

Declaración de importación anticipada

Declaración de importación anticipada para textiles y calzado

Las materias textiles y sus manufacturas y calzado deben presentar declaración de importación anticipada con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea considerado para efectos aduaneros como trayecto corto, la declaración anticipada obligatoria deberá ser presentada con una antelación no inferior a un (1) día calendario …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124; CIRCULAR NÚMERO 5 DE 2022, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Mercancías Clasificadas Aquí

CAMISAS: — Excepto de punto, para hombre o niños: — De fibras sintéticas o artificiales

Puertos y Aduanas Habilitados

  • Jurisdicción de la Dirección Nacional de Aduanas de Cúcuta Entrada
  • Jurisdicción de la Dirección Nacional de Aduanas de Santa Marta Entrada
  • Jurisdicción de la Dirección Nacional de Aduanas de Cartagena Entrada
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