---Los demás
72.25 Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm
Datos generales
Medidas y Requisitos
Sin medidas ni vistos buenos registrados para esta subpartida.
Acuerdos comerciales (TLC)
-
0%
Mercosur ACE 72
-
0%
Mercosur ACE 72
Impuestos y Tributos vigentes
| TRIBUTO | % TRIBUTOS | NORMA | FECHA INICIAL | FECHA FINAL |
|---|---|---|---|---|
| EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS | 0% | SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … | — | Vigente |
| IVA | 19% | (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 468 | 2017-01-01 | Vigente |
Notas legales y resoluciones oficiales
Resolución de Clasificación
Acero galvanizado aleado pre-pintado. — Como un producto laminado plano de acero aleado, superior a 600 mm.
Requisitos Regulatorios
Antidumping
Antidumping definitivo para las importaciones de lámina lisa galvanizada y galvalume
Derechos antidumping definitivos a las importaciones de lámina lisa galvanizada y galvalume, originarias de China, consistente en un gravamen ad valorem del 41,74% el cual se deberá liquidar sobre el valor FOB declarado por el importador, adicional al gravamen arancelario vigente en el Arancel de Aduanas Nacional para la presente subpartida arancelaria. Los derechos antidumping solo serán aplicables a importaciones de lámina lisa galvanizada y galvalume si corresponden a espesores iguales o inferiores a 2,5 milímetros. Las importaciones de lámina …
Norma: DECRETO NÚMERO 637 DE 2018, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO; RESOLUCIÓN NÚMERO 7 DE 2025, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO ARTÍCULO 2º; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULOS 331 Y SS.
Declaración de importación anticipada
Declaración de importación anticipada de metales comunes y manufacturas de estos metales
Las mercancías clasificadas en la presente subpartida requieren presentar declaración de importación de manera anticipada, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea considerado para efectos aduaneros como trayecto corto, la declaración anticipada obligatoria deberá ser presentada con una antelación no inferior a un (1) día …
Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124; CIRCULAR NÚMERO 5 DE 2022, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Mercancías Clasificadas Aquí
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