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Sección XV — Metales comunes y manufacturas de estos metales / Cap. 80 — Estaño y sus manufacturas / 8003.00.10.00
8003.00.10.00 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

-Barras y alambres de estaño aleado, para soldadura

80.03 Barras, perfiles y alambre, de estaño

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
8003.00.10.00
DESCRIPCIÓN
-Barras y alambres de estaño aleado, para soldadura
SECCIÓN
Sección XV — Metales comunes y manufacturas de estos metales
CAPÍTULO
Capítulo 80 — Estaño y sus manufacturas
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
Libre Importación
UNIDAD FÍSICA
kg (Kilogramo)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

Sin medidas ni vistos buenos registrados para esta subpartida.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • Mercosur ACE 72

    0%
  • Mercosur ACE 72

    0%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS 0% SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … Vigente
IVA 19% (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 468 2017-01-01 Vigente

Requisitos Regulatorios

Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124

Descripciones mínimas

Descripción mínima, Capítulo 80, Partida 80.03

Producto: Ejemplo: estaño en bruto sin alear, desperdicios, barras, alambre, chapas, tubos, codos, etc. Composición (partidas 80.01 a 80.03): Ejemplo: % de estaño, % de bismuto, % de cobre, otros elementos. Dimensiones (Partidas 80.03, 80.07 excepto 8007.00.90): Ejemplo: ancho (mm), espesor (mm), largo (mm), etc. Uso: Ejemplo: fabricación de tubería, varillas para soldar, fabricación de hojalata, etc. Forma de la sección transversal (partidas 80.03 y 80.07): Ejemplo: rectangular, circular, etc. Marca: Si tiene. Referencia: Si tiene.

Norma: RESOLUCIÓN CONJUNTA NÚMERO 57 DE 2015, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º, CAPÍTULO 80

Mercancías Clasificadas Aquí

ALAMBRE (S): — De estaño aleado, para soldadura VARILLAS: — Para soldar, obtenidas por extrusión, pero sin recubrir: — De aleaciones de estaño ESTAÑO: — Aleado, barras y alambres, para soldadura BARRAS: — De estaño aleado, para soldadura
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