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Sección XV — Metales comunes y manufacturas de estos metales / Cap. 81 — Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias / 8101.99.00.00
8101.99.00.00 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

--Los demás

81.01 Volframio (tungsteno) y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
8101.99.00.00
DESCRIPCIÓN
--Los demás
SECCIÓN
Sección XV — Metales comunes y manufacturas de estos metales
CAPÍTULO
Capítulo 81 — Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
Libre Importación
UNIDAD FÍSICA
kg (Kilogramo)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

Sin medidas ni vistos buenos registrados para esta subpartida.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • Mercosur ACE 72

    0%
  • Mercosur ACE 72

    0%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS 0% SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … Vigente
IVA 19% (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 468 2017-01-01 Vigente

Notas legales y resoluciones oficiales

Resolución de Clasificación

Filamentos de tugsteno. — Como las demás manufacturas de volframio (tungsteno).

Requisitos Regulatorios

Bienes de capital y repuestos

Repuestos que se puede importar para sistemas especiales de importación y exportación

En desarrollo de las operaciones de que tratan los artículos 173 literal c) y 174 del Decreto-Ley 444 de 1967 se podrá autorizar la importación de repuestos, para ser utilizados en el correcto funcionamiento de los bienes de capital correspondientes, clasificables en la presente subpartida arancelaria. Al amparo de lo previsto en el artículo 173 literal c) del Decreto-Ley 444 de 1967 y de conformidad con lo previsto en la Ley 170 de 1994, en el Decreto 516 de 1996, …

Norma: RESOLUCIÓN NÚMERO 1054 DE 2020, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO ARTÍCULO 2º

Declaración de importación anticipada

Declaración de importación anticipada para mercancías originarias y/o procedentes de Venezuela

Las declaraciones de importación de las mercancías originarias y/o procedentes de la República Bolivariana de Venezuela, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea considerado para efectos aduaneros como …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124; CIRCULAR NÚMERO 5 DE 2022, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Mercancías Clasificadas Aquí

ALEACIONES: — De tungsteno (volframio) MANUFACTURAS: — De tungsteno (volframio), no denominadas ni comprendidas en otra parte VOLFRAMIO: — Barras, excepto obtenidas simplemente por sinterizados VOLFRAMIO: — Chapas VOLFRAMIO: — Hojas VOLFRAMIO: — Tiras
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