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Sección XVII — Material de transporte / Cap. 87 — Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios / 8704.31.10.10
8704.31.10.10 Perfil de la mercancía ✓ Vigente (Arancel 2022)

----Con motor de funcionamiento exclusivo con gas natural

87.04 Vehículos automóviles para transporte de mercancías

Datos generales

NIVEL NOMENCLATURA
ARIAN
CÓDIGO NOMENCLATURA
8704.31.10.10
DESCRIPCIÓN
----Con motor de funcionamiento exclusivo con gas natural
SECCIÓN
Sección XVII — Material de transporte
CAPÍTULO
Capítulo 87 — Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
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UNIDAD FÍSICA
u (Unidades o artículos)
VIGENCIA
Desde 13-feb-2018 (vigente)

Medidas y Requisitos

CONCEPTO IMPORTACIONES EXPORTACIONES TRÁNSITO
Autorización de transformación o ensamble para autopartes y materias primas
Documento requisitos fitosanitarios para importación (DRFI)
Sistema de recolección selectiva y gestion ambiental de llantas usadas - SRS
Indica que el concepto tiene información registrada.

Acuerdos comerciales (TLC)

  • Preferencias arancelarias regionales (PAR)

    4%
  • Preferencias arancelarias regionales (PAR)

    3.3%

Impuestos y Tributos vigentes

TRIBUTO % TRIBUTOS NORMA FECHA INICIAL FECHA FINAL
EXENCIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS 0% SINOPSIS DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR COLOMBIA DESDE 1959 QUE OTORGAN EXCLUSIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS, CONGRESO DE LA REPÚBLICA Los siguientes Convenios y Acuerdos suscritos por Colombia otorgan exenciones de tributos aduaneros: • Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo. • Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones. • Estatuto del Centro … Vigente
IVA 19% (ESTATUTO TRIBUTARIO) DECRETO EXTRAORDINARIO 624 DE 1989, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 468 2017-01-01 Vigente

Requisitos Regulatorios

Contingentes y cupos de importación

Contingente instrumento arancelario para el mejoramiento ambiental y de la seguridad vial, IAMAS

Se establece un arancel equivalente al cero por ciento (0%) a las importaciones de vehículos automotores realizadas por las empresas autorizadas por la autoridad administradora en el régimen de transformación y/o ensamble o el programa de fomento para la industria automotriz, Profia. No podrán importarse dentro del contingente IAMAS: 1. Los vehículos automotores que correspondan al mismo modelo y línea de los producidos en el territorio nacional por parte de cada empresa autorizada bajo los programas de transformación y/o ensamble …

Norma: DECRETO NÚMERO 1898 DE 2023, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO; CIRCULAR NÚMERO 2 DE 2026, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Declaración de importación anticipada general para el régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Declaración de importación anticipada de mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

Las declaraciones de importación de las mercancías que se introduzcan al amparo del régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure, clasificadas en la presente subpartida, deberán presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional, con una antelación mínima de cinco (5) días calendario a la llegada de las mismas. No obstante, para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional bajo los modos marítimo y aéreo, cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea …

Norma: DECRETO NÚMERO 1165 DE 2019, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 175; RESOLUCIÓN NÚMERO 46 DE 2019, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 124

Mercancías Clasificadas Aquí

VOLQUETES: — Otros, con motor de émbolo (pistón) de encendido por chispa, de funcionamiento exclusivo con gas natural, de peso total de carga máxima: — Inferior o igual a 4,537 t. VEHÍCULOS: — Para transporte de mercancías, excepto volquetes, con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de funcionamiento exclusivo con gas natural: — De peso total con carga máxima inferior a 4,537 t. CAMIONES: — Con motor de émbolo o pistón de encendido por chispa: — De peso total con carga máxima inferior a 4.537 t., con motor de funcionamiento exclusivo con gas natural CAMIONETAS: — Concebidas principalmente para el transporte de mercancías, con motor de émbolo (pistón) de encendido por chispa: — Con motor de funcionamiento exclusivo con gas natural, con peso total de carga máxima inferior a 4,537 t.
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